La desidia con la que se ha glosado la muerte de José Jiménez Lozano es lo de menos porque, mientras el diablo posmoderno tramaba la deconstrucción de todo, soplaba en los rescoldos de lo políticamente correcto o le reponía la cadera al optimismo antropológico, ahí estuvo aquella –su– literatura que página tras página, como esos centinelas de frontera que vocean el santo y seña en la noche, preservaba los enlaces sacros entre fe, libertad y belleza.
El Gobierno ha incumplido de manera reiterada lo establecido en la Constitución al imponer medidas de suspensión de derechos fundamentales fuera de los cauces establecidos. Lo ha hecho a través de un estado de alarma que no le habilita para ello evidenciando así su falta de escrúpulos al situar sus intereses por encima del respeto a la Carta Magna. Ahora vuelve a asomarse al abismo de la inconstitucionalidad al deslizar la posibilidad de decretar el aislamiento de aquellos pacientes asintomáticos que hayan dado positivo por COVID-19. Si hay un instrumento jurídico que habilita a la adopción de unas medidas tan extraordinarias ese sería, en todo caso, el estado de excepción. Sánchez deberá responder.
No son pocos los que, aprovechando el temor y la angustia de los ciudadanos ante la pandemia del Coronavirus, van a querer vendernos recetas que se presentarán como soluciones sociales casi mágicas para configurar una sociedad futura desde una perspectiva marxista. Propugnarán un Estado benefactor y protagonista que sustituirá a la sociedad civil y acaparará no sólo el poder político sino los recursos económicos y los medios de comunicación y que, celoso de nuestra libertad, no nos dejará dar un paso sin que él lo permita, siempre para nuestra mejor protección. No otra cosa significa que Pablo Iglesias cite el artículo 128.1 de la Constitución.
La prórroga del estado de alarma anticipada por el presidente del Gobierno no despeja, sino que agrava las dudas jurídicas y constitucionales sobre la idoneidad de este instrumento para hacer todo lo que el Gobierno está haciendo. No se discute ahora el acierto de las medidas, sino la habilitación constitucional para tomarlas
Es curioso que, en estas circunstancias, el vicepresidente 2º del Gobierno, Pablo Iglesias, se dedique a tuitear el artículo 128 de la Constitución que subordina al interés general toda la riqueza nacional cualquiera que sea su titularidad y reconoce la iniciativa pública en la actividad económica, la posibilidad de que el sector público se reserve por ley recursos o servicios esenciales, así como la intervención de empresas por razones también de interés general.
08.04.2020. La desidia con la que se ha glosado la muerte de José Jiménez Lozano es lo de menos porque, mientras el diablo posmoderno tramaba la deconstrucción de todo, soplaba en los rescoldos de lo políticamente correcto o le reponía la cadera al optimismo antropológico, ahí estuvo aquella –su– literatura que página tras página, como esos centinelas de frontera que vocean el santo y seña en la noche, preservaba los enlaces sacros entre fe, libertad y belleza.
08.04.2020. El Gobierno ha incumplido de manera reiterada lo establecido en la Constitución al imponer medidas de suspensión de derechos fundamentales fuera de los cauces establecidos. Lo ha hecho a través de un estado de alarma que no le habilita para ello evidenciando así su falta de escrúpulos al situar sus intereses por encima del respeto a la Carta Magna. Ahora vuelve a asomarse al abismo de la inconstitucionalidad al deslizar la posibilidad de decretar el aislamiento de aquellos pacientes asintomáticos que hayan dado positivo por COVID-19. Si hay un instrumento jurídico que habilita a la adopción de unas medidas tan extraordinarias ese sería, en todo caso, el estado de excepción. Sánchez deberá responder.
07.04.2020. No son pocos los que, aprovechando el temor y la angustia de los ciudadanos ante la pandemia del Coronavirus, van a querer vendernos recetas que se presentarán como soluciones sociales casi mágicas para configurar una sociedad futura desde una perspectiva marxista. Propugnarán un Estado benefactor y protagonista que sustituirá a la sociedad civil y acaparará no sólo el poder político sino los recursos económicos y los medios de comunicación y que, celoso de nuestra libertad, no nos dejará dar un paso sin que él lo permita, siempre para nuestra mejor protección. No otra cosa significa que Pablo Iglesias cite el artículo 128.1 de la Constitución.
06.04.2020. La prórroga del estado de alarma anticipada por el presidente del Gobierno no despeja, sino que agrava las dudas jurídicas y constitucionales sobre la idoneidad de este instrumento para hacer todo lo que el Gobierno está haciendo. No se discute ahora el acierto de las medidas, sino la habilitación constitucional para tomarlas
01.04.2020. Es curioso que, en estas circunstancias, el vicepresidente 2º del Gobierno, Pablo Iglesias, se dedique a tuitear el artículo 128 de la Constitución que subordina al interés general toda la riqueza nacional cualquiera que sea su titularidad y reconoce la iniciativa pública en la actividad económica, la posibilidad de que el sector público se reserve por ley recursos o servicios esenciales, así como la intervención de empresas por razones también de interés general.






